<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><?xml-stylesheet href="http://www.blogger.com/styles/atom.css" type="text/css"?><feed xmlns='http://www.w3.org/2005/Atom' xmlns:openSearch='http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/' xmlns:georss='http://www.georss.org/georss' xmlns:gd='http://schemas.google.com/g/2005' xmlns:thr='http://purl.org/syndication/thread/1.0'><id>tag:blogger.com,1999:blog-21029715</id><updated>2011-04-21T16:51:28.534-07:00</updated><title type='text'>ASOCIACION JUVENIL PARA LA DEFENSA Y DESARROLLO DE LA PROVINCIA DEL SANTA</title><subtitle type='html'>Unete a los jovenes lideres interesados en la problemática social</subtitle><link rel='http://schemas.google.com/g/2005#feed' type='application/atom+xml' href='http://ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com/feeds/posts/default'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/21029715/posts/default?max-results=100'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com/'/><link rel='hub' href='http://pubsubhubbub.appspot.com/'/><author><name>AJUDDEPS</name><uri>http://www.blogger.com/profile/06956834554182193523</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><generator version='7.00' uri='http://www.blogger.com'>Blogger</generator><openSearch:totalResults>2</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>100</openSearch:itemsPerPage><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-21029715.post-113738431447438710</id><published>2006-01-15T20:03:00.000-08:00</published><updated>2006-01-15T21:35:41.856-08:00</updated><title type='text'>ESTATUTOS DE LA ASOCIACION JUVENIL PARA LA DEFENSA Y DESARROLLO DE LA PROVINCIA DEL SANTA</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;a href="http://photos1.blogger.com/blogger/3223/2124/1600/jovenes%204.1.jpg"&gt;&lt;img style="WIDTH: 334px; CURSOR: hand; HEIGHT: 240px" height="95" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/3223/2124/320/jovenes%204.1.jpg" width="451" border="0" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;ASOCIACION JUVENIL PARA LA DEFENSA Y EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DEL SANTA&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ESTATUTOS&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CAPITULO I&lt;br /&gt;GENERALIDADES&lt;br /&gt;Artº 1º.- DENOMINACION Y NATURALEZA:&lt;br /&gt;Con la denominación de “ASOCIACION JUVENIL PARA LA DEFENSA Y EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DEL SANTA”, con las siglas AJUDDEPS se constituye en la Provincia del Santa el día 21 de Noviembre del 2005 a las 7 pm. Una organización de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 2 Inciso 13 de la Constitución Política del Perú y el Articulo 80 del Código Civil. Esta Asociación, declara no tener filiación política partidaria, su carácter es multidisciplinario y pluralista, sin discriminación alguna. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos y las leyes Peruanas vigentes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 2º.- DOMICILIO:&lt;br /&gt;El domicilio social de la Asociación radicará en la Av. Pardo 1090 Ubicado en el distrito de Chimbote, Provincia del Santa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 3º.- AMBITO DE ACTUACION:&lt;br /&gt;El ámbito territorial en que la Asociación realizará principalmente sus actividades es a nivel provincial con facultades para hacer gestiones y coordinaciones a nivel local, nacional e Internacional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 4º.- DURACIÓN:&lt;br /&gt;La Asociación se constituye por tiempo indefinido&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 5º.- FINES&lt;br /&gt;PRINCIPIOS QUE PROMOVEMOS:&lt;br /&gt;RESPETO A TODA PERSONA SIN DISTINCION ALGUNA Y A LAS LEYES VIGENTES.&lt;br /&gt;HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA.&lt;br /&gt;EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL&lt;br /&gt;RESPONSABILIDAD Y TRABAJO&lt;br /&gt;INTEGRIDAD, SOLIDARIDAD Y COOPERACION.&lt;br /&gt;AUTOESTIMA, IDENTIDAD Y DIGNIDAD.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OBJETIVOS:&lt;br /&gt;PROMOVER LA PARTICIPACION DE LA JUVENTUD EN LA VIDA POLITICA SOCIAL, ECONOMICA Y CULTURAL DE NUESTRA PROVINCIA.&lt;br /&gt;ESTIMULAR Y FORTALECER LOS VINCULOS SOCIALES, MORALES Y CULTURALES ENTRE LOS ASOCIADOS Y LA COMUNIDAD DE NUESTRA PROVINCIA&lt;br /&gt;FOMENTAR LA IMPORTANCIA DEL JOVEN EN EL TRABAJO COLECTIVO A FAVOR DE LA SOCIEDAD.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;VISION COMPARTIDA DE FUTURO:&lt;br /&gt;SOMOS UNA ASOCIACION JUVENIL, ORGANIZADA Y UNIFICADA CON PRINCIPIOS Y VALORES. IDENTIFICADA CON LA PROBLEMÁTICA LOCAL, DEFENSORA DE SUS RECURSOS NATURALES; RESCATAMOS SU HISTORIA, CULTURA, CUIDAMOS EL MEDIO AMBIENTE, CON METAS CLARAS EN LA CUAL PARTICIPAMOS ACTIVAMENTE.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MISION&lt;br /&gt;CONSOLIDARSE COMO UNA ASOCIACION JUVENIL QUE SE CAPACITA EN FORMA PERMANTENTE Y ADECUADA DESARROLLANDO TALLERES EN APOYO A LA JUVENTUD EN COORDINACION CON LAS INSTITUCIONES A NIVEL LOCAL, REGIONAL, NACIONAL E INTERNACIONAL.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;FACULTADES&lt;br /&gt;Recibir donaciones lícitas, créditos, subsidios y otros destinados al cumplimiento de sus programas, estas puede provenir de Instituciones públicas, privadas, personas naturales, jurídicas Nacionales o extranjeras y otras organizaciones con fines análogas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CAPITULO II&lt;br /&gt;REQUISITOS Y MODALIDADES DE ADMISIÓN Y BAJA, SANCIÓN Y&lt;br /&gt;SEPARACIÓN DE LOS ASOCIADOS&lt;br /&gt;Artº 6.- ADMISIÓN DE losASOCIADOS:&lt;br /&gt;Para adquirir la condición de socio se requiere:&lt;br /&gt;a) Ser persona natural de la provincia del Santa y/o con residencia de 5 años de antigüedad.&lt;br /&gt;b) Presentar una solicitud y una declaración jurada si es residente.&lt;br /&gt;c) Ser persona física mayor de 15 años hasta los de 30 años.&lt;br /&gt;d) Estar interesado(a) en los fines de la Asociación.&lt;br /&gt;e) La solicitud de ingreso debe ser evaluada y aceptada por el Concejo Directivo.&lt;br /&gt;Art.7:ADMISIÓN DE LOS ADHERENTES&lt;br /&gt;f) Los menores de 15 años y los mayores de 30, podrán pertenecer a la Asociación pero nunca formar parte de su órgano representativo.&lt;br /&gt;g)Las personas que no cumplan con el requisito de 5 años de residencia podrán ser admitidas en calidad de socios adherentes, con derecho a voz pero no a voto.&lt;br /&gt;Artº 7º.- PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE ASOCIADOS&lt;br /&gt;La condición de socio se perderá por alguna de las siguientes causas:&lt;br /&gt;a) Por la libre voluntad del asociado&lt;br /&gt;b) Por Incumplimiento grave de los presentes Estatutos o de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales.&lt;br /&gt;En el supuesto de la letra a) del presente artículo, será suficiente la presentación de renuncia escrita presentada ante la Secretaría de la Asociación luego de ser evaluada y notificada por el Comité Directito CD&lt;br /&gt;Para que opere la causa b) será requisito indispensable, acuerdo de la Asamblea General adoptado por 2/3 del número de votos válidamente emitidos, motivándose suficientemente y previa instrucción, del CD, del correspondiente expediente sancionador, en el que se dará audiencia al interesado. C) Por fallecimiento. D) Por ausencia de 6 meses consecutivos injustificado.&lt;br /&gt;SANCIONES: 1° Amonestación; 2° Suspensión temporal; 3° Separación definitiva.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CAPÍTULO III&lt;br /&gt;DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS&lt;br /&gt;Artº 8º.- DERECHOS&lt;br /&gt;Son derechos de los ASOCIADOS:&lt;br /&gt;a) Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos&lt;br /&gt;b) Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.&lt;br /&gt;c) Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.&lt;br /&gt;d) Acceder a la documentación de la asociación, a través del CD.&lt;br /&gt;e) A impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.&lt;br /&gt;f) Realizar propuestas, mociones, quejas, etc. Sobre asuntos referentes al interés general de la institución.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 10º.- DEBERES&lt;br /&gt;Son deberes de los ASOCIADOS:&lt;br /&gt;a) Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas&lt;br /&gt;b) Cumplir las obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.&lt;br /&gt;c) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por el CD y la Asamblea General&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CAPÍTULO IV&lt;br /&gt;DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACIÓN.&lt;br /&gt;RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS&lt;br /&gt;Artº 11º.- DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS&lt;br /&gt;El órgano supremo y soberano de la Asociación es la Asamblea General de ASOCIADOS o Asamblea General, integrada por la totalidad de los socios que se hallen en uso pleno de sus derechos sociales.&lt;br /&gt;Adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna.&lt;br /&gt;Las Asambleas podrán tener carácter ordinario y serán el segundo sábado de cada mes a las 6 p.m. y extraordinario cuando sea necesario, en la forma y competencias que se indican en los presentes Estatutos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 12º LEGITIMACION PARA CONVOCAR LAS ASAMBLEAS&lt;br /&gt;Las Asambleas serán convocadas por el Presidente del CD de la Asociación, por acuerdo del CD o por solicitud firmada por el 10% del número legal de asociados.&lt;br /&gt;Acordado por el CD la convocatoria de una Asamblea General, el Presidente habrá de convocarla en el plazo máximo de quince días naturales desde la fecha del acuerdo.&lt;br /&gt;La solicitud de convocatoria efectuada por los asociados habrá de contener expresamente el orden de día de la sesión, adjuntando la documentación que, en su caso, fuera necesaria para la adopción de los acuerdos. El Presidente del CD convocará la Asamblea en el plazo máximo de quince días desde su presentación. La solicitud habrá de ser presentada ante el Secretario de Actas del CD.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 13º.- DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA&lt;br /&gt;La Asamblea General Ordinaria habrá de convocarse, con la siguiente agenda.&lt;br /&gt;1.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior (sea Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria)&lt;br /&gt;2.- Examen de la memoria de actividades y aprobación, si procediere, de la gestión del CD.&lt;br /&gt;3.- Aprobación, si procediere, del Programa de Actividades.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 14º.- DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA&lt;br /&gt;Fuera de los puntos del orden del día expresados en el artículo anterior, para la adopción de cualquier acuerdo se requerirá la convocatoria de Asamblea General&lt;br /&gt;Extraordinaria, y en concreto para tratar de los siguientes aspectos:&lt;br /&gt;1.- Modificación parcial o total de los Estatutos.&lt;br /&gt;2.- Disolución de la Asociación.&lt;br /&gt;3.- Nombramiento de la Junta Directiva&lt;br /&gt;4.- Disposición y Enajenación de Bienes&lt;br /&gt;5.- Constitución de una Federación, Confederación o Unión de Asociaciones o su integración en ella si ya existiere.&lt;br /&gt;6.- Regirse a la agenda aquí especificada.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 15º.- QUORUM DE CONVOCATORIA&lt;br /&gt;Las Asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas, previa convocatoria efectuada quince días antes de la reunión, cuando concurran a ellas, la mitad mas uno de los asociados. En una segunda convocatoria con un tercio de los socios habrá quórum correspondiente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 16º.- FORMA DE DELIBERAR, ADOPTAR Y EJECUTAR ACUERDOS&lt;br /&gt;Todos los asuntos se debatirán y votarán por el orden en que estuviesen relacionados la agenda correspondiente. El Presidente iniciará el debate abriendo un primer turno de intervenciones, en el que se hará uso de la palabra, previa su autorización. Igualmente el Presidente moderará los debates, pudiendo abrir un segundo turno o conceder la palabra por alusiones. Finalizado el debate de un asunto se procederá a su votación.&lt;br /&gt;Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de l@s asociad@s, cuando los votos afirmativos superen a los negativos.&lt;br /&gt;No obstante, requerirán mayoría cualificada de l@s asociad@s, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos, disposición o enajenación de bienes.&lt;br /&gt;Los acuerdos adoptados serán ejecutados por el Presidente del CD, por las secretarias correspondientes o por la persona designada en el propio acuerdo, en la forma y en el tiempo que hayan sido adoptados.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 17º DEL CONCEJO DIRECTIVO (CD)&lt;br /&gt;El Concejo directivo (CD) es el órgano colegiado de gobierno, representación y administración de la Asociación, sin perjuicio de las potestades de la Asamblea General como órgano soberano. Sólo los asociados podrán formar parte de la Junta Directiva, un periodo de dos años.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 18º ELECCIÓN Y SUSTITUCIÓN&lt;br /&gt;Para ser miembro de la CD será requisito tener entre quince y treinta años.&lt;br /&gt;Los miembros del CD serán elegidos por voto directo de los asociados, en Asamblea General Extraordinaria, de conformidad con lo dispuesto en estos Estatutos.&lt;br /&gt;Convocada Asamblea General para la designación del CD, los socios podrán proponer sus candidat@s y/o ofrecerse en forma voluntaria CARGO POR CARGO en forma equitativa, de tal manera que el CD este conformada en el 50% por varones y el 50% por mujeres, los cuales serán elegid@s por mayoría simple, por un periodo de dos años, sin derecho a reelección continua. Para ser elegi@s nuevamente tendrán que descansar un periodo como mínimo.&lt;br /&gt;Producida una vacante, provisionalmente, el CD podrá designar a otro soci@ para su sustitución, hasta que se produzca la elección del asociado que ocupará el cargo correspondiente por la Asamblea General en la primera sesión que se convoque.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 19º.- CESE DE LOS CARGOS:&lt;br /&gt;Los miembros del CD cesarán en sus respectivos cargos por las siguientes causas:&lt;br /&gt;a) Por muerte o declaración de fallecimiento, por ausencia.&lt;br /&gt;b) Por incapacidad, inhabilitación o incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente y en el presente estatuto.&lt;br /&gt;c) Por resolución judicial&lt;br /&gt;d) Por transcurso del periodo de su mandato. No obstante, hasta tanto no se proceda a la Asamblea General subsiguiente para la elección del nuevo CD, aquélla continuará en funciones, debiéndose expresar dicho carácter en cuantos documentos hubieren de firmar en función a los respectivos cargos.&lt;br /&gt;e) Por renuncia.&lt;br /&gt;f) Por acuerdo adoptado con las formalidades estatutarias, en cualquier momento, por la Asamblea General&lt;br /&gt;g) Por la pérdida de la condición de asociado.&lt;br /&gt;h) Por haber cumplido treintaiun años. Los ceses y nombramientos habrán de ser comunicados a los Registros Públicos para su debida constancia y publicidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CAPITULO V&lt;br /&gt;EL CONCEJO DIRECTIVO (CD)&lt;br /&gt;Estará integrada por los siguientes cargos:&lt;br /&gt;Artº 20º.- DEL PRESIDENTE:&lt;br /&gt;Corresponde al Presidente:&lt;br /&gt;a) Ostentar la representación de la Asociación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas.&lt;br /&gt;b) Convocar las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, presidirlas, dirigir sus debates, suspender y levantar las sesiones.&lt;br /&gt;c) Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva y de la Asamblea General, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y contratos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin; sin perjuicio de que por cada órgano en el ejercicio de sus competencias, al adoptar los acuerdos se faculte expresamente para su ejecución a cualquier otro miembro del CD&lt;br /&gt;d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del CD y Asamblea General&lt;br /&gt;e) Ordenar los gastos y pagos de la Asociación.&lt;br /&gt;f) Dirimir con su voto los empates&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 21º.- DEL VICEPRESIDENTE:&lt;br /&gt;Corresponderá al Vicepresidente realizar las funciones del Presidente en los casos de estar vacante el cargo por ausencia o enfermedad, pudiendo actuar también en representación de la Asociación en aquellos supuestos en que así se decida por el CD o Asamblea General, según los acuerdos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 22º.- DE LA SECRETARÍA DE ACTAS Y ARCHIVOS:&lt;br /&gt;Corresponde al Secretario del CD las siguientes funciones:&lt;br /&gt;a) Efectuar la convocatoria de las sesiones del CD y Asamblea, por orden del Presidente, así como las citaciones de los miembros de aquélla y socios de ésta&lt;br /&gt;b) Recibir los actos de comunicación de los miembros de la Junta Directiva con relación a ésta y de los asociados y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones, certificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento&lt;br /&gt;c) Preparar el despacho de los asuntos, y por lo tanto con la documentación correspondiente que hubiere de ser utilizada o tenida en cuenta.&lt;br /&gt;d) Tener bajo su responsabilidad y custodia el Archivo, documentos y Libros de la Asociación, a excepción del/los libros de contabilidad.&lt;br /&gt;e) Tomar nota de todo el desarrollo de las asambleas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 23º.- DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA&lt;br /&gt;a) Recaudar los fondos de la Asociación, custodiarlos e invertirlos en la forma determinada por la Junta Directiva&lt;br /&gt;b) La llevar los libros de contabilidad.&lt;br /&gt;c) La elaboración del anteproyecto de Presupuestos para su aprobación por la Junta Directiva para su sometimiento a la Asamblea General. En la misma forma se procederá con arreglo al Estado General de Cuentas para su aprobación por la Asamblea.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artº 24º.- DE LA SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN:&lt;br /&gt;a) Organizar a l@s jóvenes de las diferentes instituciones para el cumplimiento de los fines y acuerdos de la asamblea.&lt;br /&gt;b) Elaborar un plan de organización juvenil provincial.&lt;br /&gt;c) Mantener al día el posaron de asociados.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art. 25.- DE LA SECRETARIA DE ETICA Y DISCIPLINA&lt;br /&gt;a) Procurar el orden y el cumplimiento de los estatutos de la Asociación.&lt;br /&gt;b) Velar por la ética moral y las buenas costumbres de todos los asociados y el CD.&lt;br /&gt;c) Organizar un piquete disciplinario.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art.26° DE LA ASESORIA LEGAL&lt;br /&gt;a) Asesor(a) legal (Abogad@ colegiad@) para los fines institucionales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art. 27° DEL MIEMBRO HONORARIO&lt;br /&gt;a) Asesor(a) elegido(a) por mayoría absoluta, sin derecho a voto, ni elegir ni ser elegido.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CAPITULO&lt;br /&gt;DE LAS COMISIONES:&lt;br /&gt;a) La comisión estará conformada por un mínimo de tres asociados.&lt;br /&gt;b) E l presidente de la comisión informará y coordinará con el CD por todos los planes y proyectos realizados.&lt;br /&gt;c) El presidente de la comisión será responsable de todos los cargos que se le asigne.&lt;br /&gt;d) El presidente de cada comisión será representante en el área correspondiente ante las autoridades y donde sea requerido.&lt;br /&gt;e) El presidente de cada comisión será elegido junto con el CD&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art.28.- DE LA COMISIÓN EDUCACIÓN Y CULTURA&lt;br /&gt;a) Presentar un plan de trabajo para la capacitación de l@s asociad@s promoviendo una comunidad del conocimiento.&lt;br /&gt;b) Proyectarse a la comunidad con actividades artísticas y culturales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art. 29° DE LA COMISIÓN DE PRENSA Y PROPAGANDA:&lt;br /&gt;a) Difundir los acuerdos y actividades de la Asociación.&lt;br /&gt;b) Promover la captación de nuevos asociados.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art. 30° DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES.&lt;br /&gt;a) Coordinar con los estudiantes Universitarios y secundarios organizados.&lt;br /&gt;b) Promover la organización de los estudiantes en general.&lt;br /&gt;Art. 31° DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS COMUNALES.&lt;br /&gt;b) Promover la organización de los jóvenes de los Asentamientos Humanos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art. 32° DE LA COMISIÓN DE DEPORTES&lt;br /&gt;a) Organizar festivales deportivos para los soci@s y la juventud en general.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art. 33° DE LA COMISIÓN DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE&lt;br /&gt;a) Promover la limpieza de la ciudad cuidando nuestro medio ambiente.&lt;br /&gt;Organizar Campañas ecológicas&lt;br /&gt;Art.34° DE LA COMISIÓN DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS&lt;br /&gt;c) Promover empleo juvenil.&lt;br /&gt;d) Promover capacitación técnica productiva de la juventud.&lt;br /&gt;Art. 35º DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA CIUDADANA&lt;br /&gt;e) Conformar una comisión de VIGILANCIA CIUDADANA que permita fiscalizar a nuestras autoridades locales en el cumplimiento de sus funciones.&lt;br /&gt;f) Se les faculta conformar comisiones de Vigilancia Ciudadana donde se estime conveniente, integrados por jóvenes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art. 36º.- COMPETENCIAS:&lt;br /&gt;La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones&lt;br /&gt;a) Confeccionar el Plan de Actividades&lt;br /&gt;b) Organizar y desarrollar las actividades aprobadas por la Asamblea General.&lt;br /&gt;c) Aprobar el Proyecto de Presupuesto para su aprobación definitiva por la Asamblea General&lt;br /&gt;d) Aprobar el estado de Cuentas elaborado por la secretaría de Economia, para su aprobación definitiva, si procediere, por la Asamblea General.&lt;br /&gt;e) Creación de Comisiones de Trabajo que estime conveniente y trabajar estrechamente con las Comisiones ya existentes, para el desarrollo de las funciones encomendadas y las actividades aprobadas, así como para cualesquiera otras cuestiones derivadas del cumplimiento de los fines sociales.- Dichas comisiones regularán su funcionamiento interno en la forma que se acuerden por éstas en su primera sesión constitutiva.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Art.37° DISOLUCION Y DESTINO DEL PATRIMONIO&lt;br /&gt;La Asociación se disolverá por las siguientes causas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;a) Por acuerdo adoptado por mayoría en Asamblea General Extraordinaria.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ART. 38º DESTINO DEL PATRIMONIO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La disolución de la asociación abrirá el período de liquidación, hasta cuyo fin la entidad conservará su personalidad jurídica. El patrimonio resultante después de efectuadas las operaciones previstas en la Ley se destinará a entidades no lucrativas que persigan fines de interés general análogos a los realizados por la misma.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Chimbote, de Noviembre del 2005 &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/21029715-113738431447438710?l=ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com/feeds/113738431447438710/comments/default' title='Post Comments'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=21029715&amp;postID=113738431447438710' title='0 Comments'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/21029715/posts/default/113738431447438710'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/21029715/posts/default/113738431447438710'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com/2006/01/estatutos-de-la-asociacion-juvenil.html' title='ESTATUTOS DE LA ASOCIACION JUVENIL PARA LA DEFENSA Y DESARROLLO DE LA PROVINCIA DEL SANTA'/><author><name>AJUDDEPS</name><uri>http://www.blogger.com/profile/06956834554182193523</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-21029715.post-113738112550765296</id><published>2006-01-15T19:01:00.000-08:00</published><updated>2006-01-15T19:12:05.516-08:00</updated><title type='text'>PLAN DE TRABAJO DE LA COMISION DE PRODUCCION</title><content type='html'>PLAN DE TRABAJO DE LA COMISION DE PRODUCCION&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;a).- Visión :&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;     La Comisión de Producción de la AJUDEPS tiene la visión de una Provincia en donde la participación juvenil es valorada y deseada como agentes productivos del desarrollo a nivel de la micro y pequeña empresa para contribuir al crecimiento social y económico.  Nuestra visión es que las entidades locales como la  municipalidad, el sector privado y organismos de la sociedad civil que trabajan en desarrollo, incluyan a los jóvenes en las actividades productivas  del mismo. Nuestra meta final es que esta participación activa de la juventud se convierta en la norma y no la excepción.&lt;br /&gt;La Comisión de Producción de la AJUDEPS  tiene un compromiso con la juventud local y reconoce la capacidad, entusiasmo y energía que los jóvenes le dedican a una causa, y no hay mejor causa que la reducción de la pobreza, trabajar a favor del desarrollo socioeconómico de su comunidad, aprovechando las materias primas y recursos mas disponibles de la región.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;b).- Misión :&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La misión de la Comisión de Producción de la AJUDEPS es promover la participación activa de los jóvenes en el proceso de desarrollo, proveyendo oportunidades de participación en cursos prácticos de proyectos productivos, que le permitan generar ingresos y contribuir al desarrollo económico de su familia y comunidad,  y de esa manera contribuir a la promoción  de la  micro y pequeña empresa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Comisión de Producción de la AJUDEPS  reconoce y celebra el papel protagónico que los jóvenes tienen en el gran proyecto de construir una región de democracias estables, economías sostenibles y sociedades basadas en la igualdad de oportunidades y beneficios.   La Comisión de Producción de la AJUDEPS  facilita y promueve la comunicación directa entre las asociaciones de PYMES locales , sector privado, sector estatal y organizaciones no gubernamentales con los jóvenes  para que estén involucrados -protagonizando, opinando y colaborando con alianzas estratégicas  en el proceso de desarrollo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;c).- Objetivos Generales :&lt;br /&gt;Capacitar a los jóvenes en el procesamiento de productos agroalimentarios para que puedan contribuir a su desarrollo económico familiar .&lt;br /&gt;Contribuir al desarrollo económico de la AJUDEPS y de las familias de los miembros de la comisión promoviendo  la participación juvenil como componente integral del proceso de desarrollo .&lt;br /&gt;Incorporar el desarrollo y la participación de la Comisión dentro de las operaciones integrales de la AJUDEPS&lt;br /&gt;Promover alianzas inter-organizacionales para fomentar el desarrollo y la participación juvenil en las  PYMES y políticas de gestión empresarial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;d).-  LINEAS DE ACCION:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Comisión de Producción piensa llevar acabo sus objetivos a través de 5 componentes o lineas de acción , Estos son :&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Capacitación en gestión empresarial a sus miembros.&lt;br /&gt;Elaboración artesanal de productos agroalimentarios que tengan demanda local  .&lt;br /&gt;Promoción de Políticas efectivas de Marketing y Comercialización de los productos elaborados.&lt;br /&gt;Desarrollo Económico de la AJUDEPS, de manera autosostenible.&lt;br /&gt;Establecimiento de Alianzas estratégicas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;·              Capacitación en gestión empresarial a sus miembros&lt;br /&gt;La Comisión de Producción  Organizará eventos de Gestión empresarial, teniendo como patrocinadores a instituciones o entidades públicas y privadas que aporten con sus ponencias y auspicien dichas actividades, dichas entidades que tendrán similares objetivos a los nuestros serán captadas estableciendo alianzas estratégicas ,  haciendo un programa de capacitación anual continuo que esté a la vanguardia de las nuevas tendencias del mercado, con la finalidad que cada uno de los miembros  de la comisión reciba los conocimientos básicos sobre como constituir PYMES  de éxito  .&lt;br /&gt;·              Elaboración artesanal de productos agroalimentarios&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;a name="red"&gt;&lt;/a&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/21029715-113738112550765296?l=ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com/feeds/113738112550765296/comments/default' title='Post Comments'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=21029715&amp;postID=113738112550765296' title='1 Comments'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/21029715/posts/default/113738112550765296'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/21029715/posts/default/113738112550765296'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://ajudepscomisiondeproduccion.blogspot.com/2006/01/plan-de-trabajo-de-la-comision-de.html' title='PLAN DE TRABAJO DE LA COMISION DE PRODUCCION'/><author><name>AJUDDEPS</name><uri>http://www.blogger.com/profile/06956834554182193523</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>1</thr:total></entry></feed>
